ASOCIACI??N ARGENTINA DE JUICIOS POR JURADOS (Fuente)
MARTES, 12 DE MAYO DE 2020
PUERTO RICO: FINAL
DEFINITIVO PARA 50 AÑOS DE VEREDICTOS MAYORITARIOS. TODOS LOS VEREDICTOS POR
UNANIMIDAD
El shock
que provocó la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos con el
fallo Ramos vs. Louisiana continúa impactando de manera
fenomenal en el mundo.
Anunciamos
hace días en estas páginas lo que iba a pasar. Y pasó en los Estados Unidos y
ahora también en Puerto Rico. En un fallo histórico y de trascendencia global,
la Corte Suprema de los Estados Unidos decidió que la unanimidad del veredicto
de los jurados es una garantía constitucional (veredictos unánimes).
Dada la fuerza
obligatoria del stare decisis en el common law (los precedentes jurisprudenciales), después del fallo de la
Corte no hubo más lugar en el país para los veredictos mayoritarios. La Corte
sostuvo que son inconstitucionales porque violan la garantía del juicio por
jurados y el estándar de prueba más allá de duda razonable (garantía de inocencia).
Louisiana ya había modificado su
Constitución el año pasado y abolido los veredictos no unánimes. Pero
el Estado de Oregon, con veredictos de 10-2 para ciertos delitos graves y
también Puerto Rico, con veredictos que podían ser decididos con mayorías de 9
a 3 votos, tuvieron que poner en marcha la derogación de esas leyes e inclusive
de sus Constituciones locales.
El caso de
Puerto Rico impresiona. Debido a la pandemia del COVID-19, el Congreso está sin
sesionar. Por ende, el país acusó recibo de este leading case e
inmediatamente le tocó a su Tribunal Supremo declarar la inconstitucionalidad
de su propia ley local y establecer el veredicto unánime tanto para condenas
como absoluciones.
En su
fallo Pueblo v. Tomás Torres Rivera, el Tribunal Supremo
de Puerto Rico estableció
que Ramos v. Louisiana aplica al país y, por lo tanto, declaró
que los veredictos que no sean unánimes son inconstitucionales. La
decisión no es retroactiva, sino que aplica únicamente a aquellos casos que se
encuentren en el proceso de revisión apelativa.
La jueza asociada Anabelle Rodríguez Rodríguez, en la opinión con la que votaron conforme todos los jueces y juezas del Supremo de Puerto Rico resaltó que ??El reconocimiento de la unanimidad como una cualidad intrínseca del derecho fundamental a un juicio por un Jurado imparcial es vinculante en nuestra jurisdicción y obliga a nuestros tribunales a requerir veredictos unánimes en todos los procedimientos penales por delitos graves que se ventilen en sus salas.?